Remitir petición de solicitud para el inicio de la prestación del servicio educativo presencial

REMITIR PETICIÓN DE SOLICITUD PARA EL INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DE MANERA PRESENCIAL.

Es muy grato dirigirme a ustedes para expresarle el cordial saludo a nombre de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paruro y a su vez ponerles en conocimiento que, mediante el documento de la referencia el Ministerio de Educación “establece disposiciones respecto al inicio de la prestación presencial del servicio educativo en instituciones educativas públicas de Educación Básica de los niveles de educación primaria y secundaria, ubicadas en ámbito rural, con limitado acceso a medios de comunicación y conectividad, y se registren nulo nivel de contagio por COVID-19”, así como de la reunión de difusión y análisis realizada a través del oficio de la referencia.

Al respecto, la UGEL Paruro en cumplimiento a la normativa en mención, comunica a los Directores de las instituciones educativas de educación primaria y secundaria del ámbito de administración, para que en atención al cumplimiento obligatorio de las condiciones mínimas establecidas en el artículo 4 de la presente resolución, puedan valorar y reflexionar de manera corporativa y colegiada con el equipo docente a nivel institucional y tomar la mejor decisión conjuntamente con los representantes de los padres de familia de vuestra comunidad educativa, a fin de llegar a una decisión unánime, y en caso de haber decidido el inicio de las labores escolares de manera presencial deberán remitir la SOLICITUD DE INICIO, para que de acuerdo a ello mi representada tome los criterios correspondientes para su envío y autorización por parte de la Dirección Regional de Educación del Cusco.

Señores Directores cabe aclarar que la UGEL Paruro, la Dirección Regional Educación del Cusco, ni la RM N° 229-20202-MINEDU obligan al restablecimiento del servicio educativo presencial, por lo que de manera colegiada y
detallada deberán analizar y evaluar dicha normativa para tomar la mejor decisión, para que máximo al viernes 26 de junio del presente, puedan remitir la documentación correspondiente, bajo responsabilidad y por mesa de partes virtual.

Descargue: OFICIO N°060-2020 UP