III Convocatoria – Resolución de contraloria N° 163-2015-CG y 458-2016-CG :
Se hace del conocimiento de los profesionales en Derecho, Contabilidad y profesionales de Áreas afines que de conformidad con lo dispuesto en la RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA N° 163-2015-CG numeral 7.2.6 . literal “a” se hace la III CONVOCATORIA AL PROCESO PARA EL ENCARGO EN PLAZA DE ÓRGANO DE CONTROL INTERNO (OCI) de la UGEL Paruro de acuerdo a las siguientes precisiones:
1.- Presiciones:
• Según lo considerado en la normativa antes citada de la Contraloría General de la República se consideran como requisitos los siguientes:
a) Ausencia de impedimento o incompatibilidad para laborar al servicio del Estado.
b)Contar con título profesional universitario y cuando corresponda para el ejercicio de la profesión, con la colegiatura y habilitación por el colegio profesional respectivo.
c)Experiencia comprobable no menor de tres (3) años en el ejercicio del control gubernamental o en la auditoria privada. El cómputo de los años de experiencia profesional se realiza a partir de la obtención del grado de bachiller.
d) No haberse declarado la quiebra culposa o fraudulenta.
e) No haber sido condenado por la comisión de delito doloso o conclusión anticipada o por acuerdo bajo principio de oportunidad por la comisión de un delito doloso.
f) No tener deuda pendiente de pago por sanción penal.
g) No haber sido sancionado con destitución o despido.
h) Contar con capacitación en temas vinculados con la Auditoria, el control gubernamental o la gestión pública en los últimos dos (2) años.
i) No mantener proceso judicial pendiente iniciado por el Estado, con carácter Pre existente a su postulación, derivado del control gubernamental o del ejercicio de la función pública.
j) No tener sanción vigente derivada de un proceso administrativo sancionador a cargo de la CGR.
k) No haber sido separado definitivamente del ejercicio del cargo de Jefe de OCI.
l) No haberse dado termino a la encargatura como jefe del OCI, por acreditarse alguna deficiencia funcional en ejercicio de las funciones establecidas en los numerales 7.1.7 y 7.2 o evidenciarse el incumplimiento de las normas de conducta y desempeño profesional establecidas en las Normas Generales de Control Gubernamental, disposiciones emitidas por la CGR o de las normas del Código de Ética de la función pública.
2.- Cantidad: 01 plaza
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